EL VECINDARIO DE LA PROVINCIA DE PALENCIA
REALIZADO EN
1759 CON DATOS DEL CATASTRO DE LA ENSENADA

El Marqués de la Ensenada, Zenón de Somodevilla y Bengoechea, fue un político con especiales conocimientos de la hacienda pública. En 1743 el rey Fernando VI le nombró secretario de Hacienda, Guerra, Marina, Indias y Estado. Al poco tiempo de ocupar estos cargos propuso una reorganización completa de ingresos y gastos de la hacienda pública, que además incluía reformas de índole social; es lo que se conoce con el nombre de Catastro del Marqués de la Ensenada.

Este catastro fue una aspiración de este marqués que pretendía establecer el impuesto de Única Contribución. Al mismo tiempo quería eliminar la gran cantidad de impuestos que percibía la hacienda real, que veía reducidos sus ingresos por los gastos de cobranza de demasiados recaudadores. Era una reforma fiscal que intentaba averiguar la cantidad que se cobraba de todos los impuestos y conseguir una estadística de la riqueza de la población del reino de Castilla y León (toda España menos Canarias, el reino de Aragón y el País Vasco y Navarra, estos últimos con hacienda foral propia, como en la actualidad). Con estas averiguaciones se quería hacer un reparto de la contribución entre los vasallos de una forma más justa y equitativa. Para averiguar estos datos se siguieron los siguientes procedimientos:

Con estas diligencias, en cada pueblo, se hicieron dos copias en libros encuadernados, en uno o varios tomos. Una copia quedaba en el pueblo en donde se hacía el catastro y otra se llevaba a la capital de la provincia.

La provincia de Palencia, al igual que las veintiuna restantes provincias de la Corona de Castilla, fue averiguada entre 1750 y 1753 en el marco de la magna operación conocida como El Catastro de la Ensenada. Como resultado de las averiguaciones, y de conformidad con lo establecido en la normativa por la que las mismas se rigieron, la Real Junta de Única Contribución recibió los llamados Estados Generales, especie de cuadros de valores en los que se resumían los principales datos cuantitativos y las valoraciones de las 346 operaciones llevadas a cabo en dicha provincia.

En el texto del bando que debía servir de pauta para la cumplimentación de los memoriales figuraba la obligación de cada declarante de proporcionar sus datos personales, así como los de todos los componentes de su unidad familiar. Palencia fue precisamente modélica en este orden de cosas, pues el prototipo de memorial preparado por su intendente, el marqués de Peñaserrada, no dejaba lugar a dudas acerca de los datos de población que se requerían. El texto de dicho bando fue remitido por el intendente a la Junta el 5 de marzo de 1751, que se lo aprobó, dándolo seguidamente a la imprenta para posteriormente ser distribuido a los pueblos.

En el ejemplar enviado, el primer párrafo establecía claramente cómo debían iniciar su memorial todos los declarantes:

"Digo Yo, fulano de tal, vecino de esta Villa, de hedad de tantos años (espresará si es de el Estado Noble o del General, si viudo o casado y su oficio), que mi familia se compone de fulana de tal, mi Muger, de hedad de tantos años, mis hijos, que el huno se llama fulano, de hedad de tantos años, otro fulano, de tal hedad, y así los demás. Un criado para tal cosa, que se llama fulano de tal, de tantos años, y en esta forma los demás que tuviere para su oficio, con la propia expresión de nombres, apellidos y hedades".

 

LA CONFECCIÓN DEL VECINDARIO

La orden circular por la cual la Junta ordena a todas las provincias la realización de sus respectivos vecindarios lleva fecha de 9 de julio de 1759 y se dirige a los intendentes. Dice:

"Conviniendo para las providencias que puedan conduzir a la Ydea de Unica Contribución que por la Contaduría principal de esa Provinzia se forme Vezindario General en Relacion o Certificazion con arreglo al formulario adjunto y a lo que resulte de los memoriales y relaciones dadas, como al reconocimiento de la Poblacion, calle y casa hita, ha resuelto la Real Junta que por esa Contaduría se egecute el referido Vezindario".

El diseño remitido por la Junta no era en verdad afortunado. Indicaba epígrafes y varios subepígrafes para recoger los datos de cada pueblo.

  1. El primero era el de Vezinos útiles, que subdividía en nobles y pecheros.
  2. El segundo correspondía a los Vezinos jornaleros, con la misma subdivisión.
  3. El tercero se refería a los Pobres, que se deberían dividir asimismo según fuesen nobles o del estado general.
  4. El cuarto era para recoger a los Habitantes, que deberían separarse también por su estamento.
  5. El quinto se debería abrir para recoger a las Viudas pobres, sin solicitar en este epígrafe distinción estamental.
  6. El sexto era para recoger el Total de los epígrafes anteriores.
  7. Y el séptimo se abría para recoger a los Eclesiásticos seculares.

La provincia de Palencia, aparece a mediados del siglo XVIII, con 346 entidades de población o términos jurisdiccionales, en 22 de los cuales no habitaba morador alguno. Según su rango y calidad, tales entidades se clasificaban así:

Tipos de Poblaciones

Número

Ciudades

1

Villas

120

Lugares

181

Ventas

5

Granjas

3

Despoblados

21

Términos

14

Arrabales

1

Total

346

 

De todos esos núcleos, el de mayor población, con notable diferencia, era la capital con 2.518 vecinos. Tres veces menor, pero destacada sobre Paredes de Nava, señorío del conde del mismo nombre, con 874 vecinos. Con más de 500 vecinos, había otras 6 villas: Ampudia, Baltanás, Dueñas, Fuentes de Nava, Torquemada y Villada.

La mayor parte de los núcleos no alcanzaban, sin embargo, los 100 vecinos. Completaban el espectro 58 villas y lugares entre 100 y 500 vecinos, tamaño nada despreciable para la época.

En el siguiente cuadro podemos ver como se encontraba la villa de Herrín de Campos en el siglo XVIII:

Vecinos útiles

Nobles

0

Pecheros

75

Vecinos jornaleros

Nobles

0

Pecheros

93

Pobres

Nobles

0

Pecheros

4

Habitantes

Nobles

0

Pecheros

5

Viudas pobres

 

16

TOTAL

 

193

Eclesiásticos seculares

 

10

 

En el inventario de la Contaduría (12-09-1758) aparecen varios Despoblados más y algunos Términos jurisdiccionales, no recogidos en el Vecindario probablemente por no tener ningún habitante.

Despoblados: Rayazes, Santovenia, Torretierren, Villahibierno, San Juan de Vezicia, Torremarte, Fuenescarcel, Varriomelgar, Villan, Villanueba de Valdobas, San Martín de Villarrilda, Villafrades, Miranda y Mirandilla, Santiago del Valle.

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Significado de Pecheros: En Castilla y León durante la Baja Edad Media existían los pecheros, labriegos o villanos, que eran las personas que pagaban una renta, censo o pecho al rey o señor por el usufructo de una tierra.

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© Alfonso Esteban Antolín 2002

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